Guía interactiva: alta como autónomo en España 2026 — paso a paso con checklist completo
Guía interactiva

Guía interactiva: alta como autónomo en España 2026 — paso a paso con checklist completo

Todos los pasos para darte de alta como autónomo en España en 2026: Hacienda, Seguridad Social, cuota, modelos y errores que evitar. Con checklist descargable.

⚡ Antes de empezar

  • El alta tiene 2 partes: Hacienda (modelo 036/037) y Seguridad Social (RETA)
  • Hacienda: alta previa al inicio de actividad. RETA: hasta el último día del mes de inicio
  • Tarifa plana de 80€/mes los primeros 12 meses si es tu primera alta (o no llevás 2 años de baja)
  • La cuota RETA desde 2023 se basa en tus ingresos reales — elige la base que corresponde
  • Los primeros modelos trimestrales vencen 20 días después del primer trimestre de actividad
80€/mes
Tarifa plana primeros 12 meses
Gratis
El trámite de alta no tiene coste
2 trámites
Hacienda + Seguridad Social
Previo
El alta debe ser antes de facturar

Paso 1 — Alta en Hacienda: modelo 036 o 037

El primer trámite es comunicar a Hacienda que vas a iniciar una actividad económica. Se hace mediante el modelo 036 (completo) o el modelo 037 (versión simplificada). Para la mayoría de autónomos personas físicas sin operaciones intracomunitarias, el modelo 037 es suficiente.

ModeloCuándo usarCómo presentar
037Autónomo persona física sin operaciones intracomunitarias, sin local de negocio complejoSede AEAT online o presencial
036Personas jurídicas (SL), operaciones intracomunitarias, representantes fiscales, situaciones complejasSede AEAT online (obligatorio electrónico para sociedades)

Qué debes indicar en el modelo 037:

  • Tu NIF y datos personales
  • Fecha de inicio de la actividad
  • Epígrafe del IAE que corresponde a tu actividad (el código de actividad económica)
  • Régimen de IRPF: estimación directa simplificada (la más habitual) o módulos
  • Si estás obligado a presentar el IVA (o si tu actividad está exenta)
  • Domicilio fiscal y, si aplica, local de negocio

⚠️ El epígrafe del IAE importa

El epígrafe del IAE determina qué modelos tienes que presentar y, en algunas actividades, si estás en el régimen especial de recargo de equivalencia o en otro régimen especial de IVA. Elige el que mejor describe tu actividad real. Si tienes dudas, consulta con un asesor antes de presentar.

Paso 2 — Alta en la Seguridad Social: RETA y cuota

El alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) se tramita en la Seguridad Social, no en Hacienda. Son trámites independientes. El plazo para el alta en RETA es hasta el último día hábil del mes en que inicias la actividad para que surta efectos desde el primer día de ese mes.

El trámite se realiza en la sede electrónica de la Seguridad Social (importass.seg-social.es) o presencialmente en la oficina de la TGSS.

Lo más importante: elegir la base de cotización

Desde 2023, el sistema de cotización de autónomos se basa en los ingresos reales. Debes elegir una base de cotización dentro del tramo que se corresponda con tus ingresos netos previstos para el año. Al final del ejercicio, la Seguridad Social regulariza según tus ingresos reales.

Ingresos netos anuales previstosBase mínima mensualCuota aproximada/mes
Menos de 6.000 €735,29 €~230 € (o 80€ tarifa plana)
6.000 – 12.000 €816,98 €~255 € (o 80€ tarifa plana)
12.000 – 18.000 €898,69 €~281 € (o 80€ tarifa plana)
18.000 – 24.000 €1.166,70 €~365 €
24.000 – 30.000 €1.233,20 €~386 €
Más de 48.000 €1.633,99 €~511 €

✅ Tarifa plana: 80€/mes los primeros 12 meses

Si es tu primera alta como autónomo, o si llevas al menos 2 años sin estar dado de alta, puedes acogerte a la tarifa plana de 80€/mes durante los primeros 12 meses. Puedes prorrogarla otros 12 meses si en ese primer año tus ingresos netos no superan el SMI (1.134€/mes en 2026). Solicítala en el mismo momento del alta.

Paso 3 — Elegir régimen fiscal y régimen de IVA

Para IRPF, la mayoría de autónomos tributan en estimación directa simplificada: pagas impuestos sobre el rendimiento neto real (ingresos menos gastos deducibles), con una deducción adicional del 5% por gastos de difícil justificación (máximo 2.000€/año).

Para IVA, el régimen general es el más habitual: repercutes IVA en tus facturas (al tipo que corresponda a tu actividad) y deduces el IVA soportado en tus gastos. Si tu actividad está exenta de IVA (profesionales sanitarios, educación, etc.), no repercutes ni deduces.

Paso 4 — Primer trimestre: qué modelos presentar

ModeloQué declaraPlazo
130Pago fraccionado IRPF (20% del rendimiento neto)1-20 del mes siguiente al trimestre
303IVA trimestral (IVA repercutido – IVA soportado)1-20 del mes siguiente al trimestre
111Retenciones IRPF (si tienes empleados o pagas facturas con retención)1-20 del mes siguiente al trimestre
115Retenciones de alquiler (si pagas alquiler por local de negocio)1-20 del mes siguiente al trimestre

Paso 5 — Si estás en Canarias: lo que cambia

🏝️ Si te das de alta en Canarias

  • No hay IVA en Canarias: el impuesto indirecto es el IGIC (7% tipo general vs 21% IVA peninsular)
  • Modelos IGIC en lugar de modelos IVA: el modelo equivalente al 303 es el modelo 420 de la Agencia Tributaria Canaria
  • Puedes dotar la RIC (Reserva para Inversiones en Canarias) desde tu primer ejercicio con beneficios
  • Franquicia del IGIC: si facturas menos de 50.000€/año puedes optar por la franquicia y no repercutir IGIC
  • Los modelos de retenciones (111, 115, 190) sí son los mismos que en península

Checklist completo de alta como autónomo 2026

ANTES DEL ALTA

  • ☐ Elegir el epígrafe del IAE que corresponde a tu actividad
  • ☐ Decidir si usas modelo 036 o 037
  • ☐ Obtener certificado digital o Cl@ve PIN para los trámites online
  • ☐ Abrir cuenta bancaria profesional (recomendable, no obligatorio)
  • ☐ Si trabajas desde casa: medir el porcentaje de m² del despacho sobre el total

TRÁMITE EN HACIENDA

  • ☐ Presentar modelo 037 (o 036) en la sede AEAT
  • ☐ Indicar fecha de inicio de actividad (= hoy si empiezas ya)
  • ☐ Seleccionar régimen IRPF: estimación directa simplificada
  • ☐ Seleccionar régimen IVA: régimen general (o exento si tu actividad lo permite)
  • ☐ Guardar el justificante del alta en Hacienda

TRÁMITE EN SEGURIDAD SOCIAL

  • ☐ Acceder a importass.seg-social.es
  • ☐ Solicitar el alta en RETA
  • ☐ Elegir base de cotización según ingresos previstos
  • ☐ Solicitar la tarifa plana si es tu primera alta (o no llevas 2 años de baja)
  • ☐ Elegir mutua para la cobertura de contingencias profesionales
  • ☐ Domiciliar el pago de la cuota mensual
  • ☐ Guardar el justificante del alta en RETA

DESPUÉS DEL ALTA

  • ☐ Activar las notificaciones electrónicas en la sede AEAT
  • ☐ Crear tu sistema de registro de ingresos y gastos (software, Excel o libro físico)
  • ☐ Anotar las fechas de los primeros modelos trimestrales en el calendario
  • ☐ Si estás en Canarias: darte de alta también en la Agencia Tributaria Canaria para IGIC
  • ☐ Valorar contratar un asesor fiscal si tu actividad tiene complejidad

Errores frecuentes al darte de alta

❌ Empezar a facturar sin estar dado de alta

Hacienda cruza las facturas con los registros. Si emites facturas antes del alta, pueden imputarte actividad no declarada con sanciones y cotizaciones retroactivas.

❌ No elegir el epígrafe del IAE correcto

Un epígrafe equivocado puede implicar estar en el régimen de módulos cuando no quieres, o en un régimen especial de IVA inadecuado. Esto puede ser difícil de corregir retroactivamente.

❌ Olvidar solicitar la tarifa plana en el momento del alta

La tarifa plana se solicita en el mismo momento del alta en RETA. Si no la pides entonces, tienes que pagarla al precio normal hasta que tramites el cambio, y no siempre es retroactivo.

❌ No activar las notificaciones electrónicas de Hacienda

Si Hacienda te manda una notificación y la consideras recibida (aunque no la hayas leído), el plazo para responder empieza a correr. No revisar las notificaciones electrónicas es uno de los errores más caros.

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En Taxea te acompañamos desde el alta hasta el primer trimestre

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Fuentes: AEAT — sede.agenciatributaria.gob.es | Seguridad Social — importass.seg-social.es | Agencia Tributaria Canaria — gobiernodecanarias.org/tributos | Ley del IRPF 35/2006 | Ley del IVA 37/1992.

Revisado por Alexis Expósito, asesor fiscal y fundador de Taxea Strategies. Junio 2026.

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